A inicios de diciembre, integrantes de colectivos feministas celebraron la aprobación de la Ley Olimpia en la capital del país. (Cuartoscuro)
Cinco años tuvieron que pasar para que Olimpia Coral Melo, cuyo video íntimo fue difundido en Internet sin su consentimiento, pudiera concretar en diciembre de 2018 una serie de reformas al Código Penal de Puebla para tipificar la violencia digital como un delito. Un año después, la legislación, que adoptó su nombre –”Ley Olimpia”–, ya era una realidad en 16 estados, incluida la Ciudad de México .Ahora la ley está cada vez más cerca de abrirse paso a nivel nacional, pero ¿qué es lo que en realidad sabemos de la “Ley Olimpia”? ¿Cuál es su objetivo? ¿Dónde ha sido aprobada? ¿Hay vacíos legales? Aquí te contamos los detalles.

Es un conjunto de reformas –principalmente a los códigos penales de cada entidad– mediante las cuales se reconoce la violencia digital (cibervenganza, ciberporno y acoso sexual) como un tipo de delito y violencia contra las mujeres, por lo que se establecen sanciones como multas económicas o penas de cárcel para quien difunda en internet contenido íntimo de otra persona sin su consentimiento.

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¿Qué es la violencia digital?

La “Ley Olimpia” define la violencia digital como actos de acoso, hostigamiento, amenaza, vulneración de datos e informacion privada, así como la difusión de contenido sexual (fotos, videos, audios) sin consentimiento y a través de las redes sociales, atentando contra la integridad, la libertad, la vida privada y los derechos, principalmente de las mujeres.

¿Por qué es importante esta ley?

En entrevista con Expansión Política, la diputada local Alessandra Rojo de la Vega, quien impulsó esta reforma en el Congreso de la Ciudad de México, defendió que la “Ley Olimpia” es un gran logro y un paso importante para “estar más tranquilas”.

La violencia digital es uno de los tipos de violencia que más nos ponen en riesgo a todos, pero principalmente a la mujer.

Alessandra Rojo

Según el Módulo sobre Ciberacoso 2015 del INEGI, el único registro de carácter nacional, al menos 9 millones de mexicanas han vivido ciberacoso, que contempla,entre otro tipo de acciones, el compartir contenido íntimo sin consentimiento.

Las mujeres más vulnerables a sufrir algún tipo de acoso son las mujeres de entre 20 y 29 años, seguidas por el grupo de 12 a 19 años.

Claudia Villaseñor, feminista e integrante del colectivo Somos la Cuarta, también aplaudió la aprobación de esta ley en la capital del país, pues “hay muchos casos en los que la violencia contra la mujer es a través de Internet y esto no suele sancionarse”.

El Frente Nacional por la Sororidad –fundado por Olimpia Coral– enfatiza que no hay nada de malo en llevar a cabo estas prácticas, siempre y cuando sea con el consentimiento de las personas involucradas, pues es parte del derecho de las mujeres a una vida sexual libre de violencia.

El problema surge cuando estos videos o fotos son difundidos o compartidos en redes sociales o plataformas digitales sin consentimiento.

¿La legislación deja vacíos?

Para la diputada Rojo de la Vega, no. Por el contrario, dice, la ley aprobada en el Congreso capitalino es la más completa que se había presentado. “Nosotros aumentamos penas y se estableció que las autoridades competentes estén obligadas a abrir investigación de forma inmediata”, precisa.

A consideración de Claudia Villaseñor, el “vacío” más importante que queda en la ‘Ley Olimpia’ es precisamente la inmediatez de las autoridades para actuar ante las denuncias.

“Una de las razones por las que las víctimas acuden a denunciar es para que el material sobre ellas se baje de inmediato de internet, y pues esto no va a ocurrir porque la misma ley establece que antes de eso hay todo un proceso para investigar”, expone.

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